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ARTICULO 4021 .- * La acción del deudor para pedir la restitución de la prenda dada en seguridad del crédito después de hecho el pago, se prescribe a los veinte años si la cosa ha permanecido en poder del acreedor o de sus herederos.
Nota de Actualización:* Según ley 17.711. Texto del Código Civil: La acción del deudor para pedir la restitución de la prenda dada en seguridad del crédito después de hecho el pago, se prescribe por treinta años, si la cosa ha permanecido en poder del acreedor o de sus herederos.
Ver articulos: [ Art. 4018 ] [ Art. 4019 ] [ Art. 4020 ] 4021 [ Art. 4022 ] [ Art. 4023 ] [ Art. 4024 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 4021 con el Código Civil de Velez?
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 4021 del Código Civil (Vélez Sarsfield)
- Fallos: Tomo 271 - Página 47
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO II
- De la prescripción de las acciones en particular
>>
SECCION TERCERA
- DE LA ADQUISICION Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Y PERSONALES POR EL TRANSCURSO DEL TIEMPO
>>
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También puedes ver: Art.4021 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual