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ARTICULO 2019 .- El fiador del fiador goza del beneficio de excusión tanto respecto del fiador como del deudor principal.
Nota:2019. Cód. de Chile, art. 2366.
Ver articulos: [ Art. 2016 ] [ Art. 2017 ] [ Art. 2018 ] 2019 [ Art. 2020 ] [ Art. 2021 ] [ Art. 2022 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2019 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
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TITULO X
- De la fianza
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CAPITULO II
- De los efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor
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SECCION TERCERA
- DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS
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También puedes ver: Art.2019 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes