- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1074.-Interpretación. Los contratos conexos deben ser interpretados los unos por medio de los otros, atribuyéndoles el sentido apropiado que surge del grupo de contratos, su función económica y el resultado perseguido.
I. Comentario
En primer lugar, la interpretación de los contratos encadenados resulta de aplicación para los principios generales de los contratos, como ya se describe en el capitulo anterior.
Lo que establece Lorenzetti es el análisis de la causa sistemática, que resulta de una finalidad económico social, que trasciende la individualidad de cada contrato y que constituye la razón de ser de su unión. Entonces su desequilibrio conlleva el desajuste de todo el sistema y no de un solo contrato. Por su parte, Alterini expresó que los contratos, cuya vinculación se debe a que han sido celebrados en cumplimiento del programa de una operación económica global, son interpretados los unos por medios de los otros y atribuyéndoles, así, el sentido apropiado al conjunto de la operación .
Ver articulos: [ Art. 1071 ] [ Art. 1072 ] [ Art. 1073 ] 1074 [ Art. 1075 ] [ Art. 1076 ] [ Art. 1077 ]
¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1074 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO II
- Contratos en general
>>
CAPITULO 12
- Contratos conexos
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.1074 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion