- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1524.- Casos comprendidos. Las disposiciones de este Capítulo se aplican, en cuanto sean compatibles, a las franquicias industriales y a las relaciones entre franquiciante y franquiciado principal y entre éste y cada uno de sus subfranquiciados.
Introduccion COMENTADA al Art. 1524 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 1524 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 1521 ] [ Art. 1522 ] [ Art. 1523 ] 1524 [ Art. 1525 ] [ Art. 1526 ] [ Art. 1527 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1524 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO IV
- Contratos en particular
>>
CAPITULO 19
- Franquicia
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.1524 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela