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- SENTENCIA
- 15 de Marzo de 2022
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Rosatti - Rosenkrantz - Maqueda - Lorenzetti
Es competente la justicia provincial para entender en la causa donde se denuncia la falta de entrega de la mercadería comprada a través de una red social, pues si bien el pago se efectuó en un local de la Ciudad de Buenos Aires, fue en territorio provincial donde se cobró el dinero enviado y, además, es donde residen la denunciante y los imputados, sin perjuicio de que si el juez considera que el asunto concierne a otro magistrado de su misma provincia, le remita las actuaciones de acuerdo con el derecho procesal local cuya interpretación y aplicación es ajena a la jurisdicción nacional. -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-Fuente del sumario: OFICIAL
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Carátula: Calderón Díaz, José Antonio y otros s/ incidente de incompetencia
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual