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- SENTENCIA
- 22 de Diciembre de 2021
- TRIBUNAL ORAL FEDERAL. PARANA, ENTRE RÍOS
- Magistrados: Noemí Marta Berros
Corresponde condenar, como autora penalmente responsable del delito de facilitación y/o promoción y/o intermediación de los ilícitos reprimidos por los arts. 139, inc. 2, y 293, segundo párrafo, del CP (alteración de la identidad de una menor de 10 años y falsedad ideológica de documento público), a la abogada que malversó y utilizó sus conocimientos jurídicos para intermediar entre la madre biológica de una niña recién nacida, aprovechando su situación de vulnerabilidad, y el coimputado y facilitar el proceder de éste para la inscripción falsa y alteración de la identidad de la bebé como su hija biológica, circunstancia desmentida por la pericia científica de ADN realizada.
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Carátula: Diego, Andrea Alejandra; Mancuso, Antonio Alejandro s/ supresión del estado civil de un menor (art. 139 inc. 2) en concurso ideal con falsedad ideológica
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