Condenan a un hombre y a una abogada por pagarle a una joven para que entregue su bebé recién nacida


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    Corresponde condenar, como autora penalmente responsable del delito de facilitación y/o promoción y/o intermediación de los ilícitos reprimidos por los arts. 139, inc. 2, y 293, segundo párrafo, del CP (alteración de la identidad de una menor de 10 años y falsedad ideológica de documento público), a la abogada que malversó y utilizó sus conocimientos jurídicos para intermediar entre la madre biológica de una niña recién nacida, aprovechando su situación de vulnerabilidad, y el coimputado y facilitar el proceder de éste para la inscripción falsa y alteración de la identidad de la bebé como su hija biológica, circunstancia desmentida por la pericia científica de ADN realizada.
    SENTENCIA
    22 de Diciembre de 2021
    TRIBUNAL ORAL FEDERAL. PARANA, ENTRE RÍOS
    Magistrados: Noemí Marta Berros
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    Carátula: Diego, Andrea Alejandra; Mancuso, Antonio Alejandro s/ supresión del estado civil de un menor (art. 139 inc. 2) en concurso ideal con falsedad ideológica

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