Ley 39 de MISIONES


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    LEY XII-39
    POSADAS, 28 de Octubre de 2021
    Boletín Oficial, 12 de Noviembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    suspensión de desalojos, suspensión del remate, vivienda única, vivienda familiar, productores agropecuarios, Derecho procesal, Derecho civil, Actividades económicas

    LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:

    ARTÍCULO 1.- Se sustituyen los artículos 1 y 10 de la Ley XII - N° 28 Suspensión de Sentencias de Desalojo y Remate, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:

    "ARTÍCULO 1.- Se suspende hasta el 31 de Diciembre de 2022, las ejecuciones de sentencias que tienen por objeto ordenar el desalojo o remate de inmuebles destinados a vivienda única y familiar y a vivienda y producción agropecuaria única y familiar, cuando se verifica una ocupación superior a ocho (8) años, sobre predios urbanos y rurales, respectivamente, sean estos fiscales o privados. La vigencia de la suspensión por el plazo señalado está sujeta a que los beneficiarios acrediten en el expediente judicial que se encuentran empadronados conforme lo prevé el artículo 6, antes del 27 de Mayo de 2022.

    ARTÍCULO 10.- El Poder Ejecutivo debe informar a la Cámara de Representantes la situación socioeconómica de cada uno de los beneficiados con la suspensión de la ejecución de sentencias antes del 31 de Agosto de 2022. Estos informes se deben realizar a los fines de evaluar, en base a criterios objetivos de ponderación que surjan de dictámenes profesionales interdisciplinarios, si se justifica o no la continuidad del régimen previsto en la presente norma".

    ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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