Habilitan la feria judicial para tratar el pedido de cobertura integral de una internación geriátrica


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    Debe ser habilitada la feria extraordinaria para el tratamiento de la acción de amparo impulsada por la afiliada a una empresa de medicina prepaga -que fue diagnosticada por un trastorno bipolar con deterioro cognitivo y no puede valerse por sí misma-, con el objeto de que la misma proceda a cubrir integralmente la internación de la actora en una residencia geriátrica, puesto que la habilitación de la feria judicial dispuesta con motivo de la emergencia sanitaria, en razón de su carácter excepcional, está circunscripta a supuestos de comprobada urgencia por la eventual frustración de los derechos de las partes, situación que se presenta en el caso y, en consecuencia, se configura una situación de urgencia que justifica la habilitación pretendida.
    SENTENCIA
    27 de Abril de 2020
    CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala DE FERIA A
    Magistrados: FERNANDO A. URIARTE - GUILLERMO A. ANTELO - EDUARDO D. GOTTARDI
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    Carátula: Taylor, Catalina Nancy c/ OSDE s/ amparo de salud

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