Decreto 1612/21 de CATAMARCA


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    DECRETO 1.612/2021
    SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 14 de Agosto de 2021
    Boletín Oficial, 14 de Agosto de 2021
    Vigente, de alcance general
    Catamarca, coronavirus, Salud públicaModificación, a partir del día de la fecha, el horario de restricción para circular en todo el territorio de la Provincia, el que quedará establecido de 02:00 a 06:00 horas.

    ARTÍCULO 1º.- Modificase, a partir del día de la fecha, el horario de restricción para circular en todo el territorio de la Provincia, el que quedará establecido de 02:00 a 06:00 horas, quedando exceptuados quienes estén habilitados para trabajar en ese horario.

    ARTÍCULO 2º- El incumplimiento de las restricciones y medidas dispuestas en el marco de la situación de alarma epidemiológica y sanitaria, darán lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto S. - Seg. N° 1578/2020 y sus modificatorios.

    ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y Archívese.

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