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- LEY VI-267
- POSADAS, 8 de Julio de 2021
- Boletín Oficial, 11 de Agosto de 2021
- Vigente, de alcance general
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objeto reconocer el valor histórico y destacar la participación trascendente de los Héroes Guaraníes Misioneros, en las luchas independentistas.
ARTÍCULO 2.- Se instituye el Día de los Héroes Guaraníes Misioneros que se celebra el 6 de mayo de cada año, en conmemoración al hecho histórico de la presentación de un contingente de guaraníes misioneros ante el General José de San Martín para incorporarse al Regimiento de Granaderos a Caballo.
ARTÍCULO 3.- La Secretaría de Estado de Cultura, es autoridad de aplicación de la presente ley, teniendo las siguientes funciones:
1) identificar mediante la investigación y análisis académico y científico a los Héroes Guaraníes Misioneros que participaron en las luchas independentistas;
2) establecer la Ruta Provincial de los Héroes Guaraníes Misioneros como trayecto histórico, cultural y turístico con el objeto de difundir sus hazañas y trayectoria en el territorio de la Provincia;
3) gestionar la construcción de monumentos y murales de homenaje;
4) articular acciones con el Consejo General de Educación y el Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones para incorporar la temática al área Identidad Misionera, conforme lo establecido por Ley VI - N° 181;
5) realizar acciones tendientes a destacar, rememorar y reflexionar sobre la trayectoria y participación histórica de los Héroes Guaraníes Misioneros.
ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo está facultado a efectuar adecuaciones, modificaciones y reestructuraciones en el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial a los fines del cumplimiento de lo establecido en la presente.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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