- Volver al boletín
- SENTENCIA
- 10 de Agosto de 2021
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 03
- Magistrados: Silvia Esther Pinto Varela - Alejandro Hugo Perugini
Debe revocarse la sentencia que hizo lugar a la demanda deducida por la Unión Empleados de Justicia de la Nación contra el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que había considerado acreditadas distintas conductas de la demandada como constitutivas de práctica desleal, en los términos de la Ley 23.551, habida cuenta que el juzgamiento de la conducta del organismo demandado por medio de un tribunal de la justicia nacional atenta contra la autonomía reconocida a la Ciudad de Buenos Aires en el art. 129 C.N. y exorbita las facultades acordadas a la justicia nacional por el art. 8 de la ley 24.588.
Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF
Carátula: Unión Empleados de Justicia de la Nación c/ Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ práctica desleal
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual