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- LEY 15.294
- LA PLATA, 30 de Junio de 2021
- Boletín Oficial, 16 de Julio de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Art 1°: Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las parcelas cuyas nomenclaturas catastrales son:
Circunscripción 4, Sección C, Fracción 1, Parcela 1- w, según Plano Nº 117-049-2018 y Circunscripción 4, Sección J, Fracción 33, Parcela 1-d conforme al Plano N°117-11-2019, ambas del Partido de Tres de Febrero; las cuales resultan indispensables para el cumplimiento del Plan de Infraestructura Penitenciaria, aprobado por Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos N° 831/2020.
ARTÍCULO 2°: Las parcelas a expropiar serán transferidas en propiedad al Estado Provincial, quien las asignará, a través del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y serán destinadas a la construcción de una Alcaidía Departamental, previa consulta y acuerdo con el Municipio de localización.
ARTÍCULO 3°: Declárase de urgencia la expropiación, en los términos previstos en los artículos 22 inciso c) y concordantes de la Ley Nº5.708 (T.O. Decreto N°8523/86).
ARTÍCULO 4°: Exceptúase a la presente Ley de los alcances del artículo 47 de la Ley N°5.708 (T.O Decreto Nº8.523/86), estableciéndose en diez (10) años el plazo para considerar abandonadas las expropiaciones.
ARTÍCULO 5°: Desígnase como Autoridad de Aplicación de la presente Ley al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el que estará facultado para dictar las normas complementarias e interpretativas que resulten necesarias y efectuar todas las gestiones para su cumplimiento.
ARTÍCULO 6°: Las escrituras traslativas de dominio serán otorgadas por ante la Escribanía General de Gobierno, estando exentas las mismas del pago del impuesto al acto.
ARTÍCULO 7°: Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos las adecuaciones que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTÍCULO 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual