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- DECRETO NACIONAL 455/2021
- BUENOS AIRES, 9 de Julio de 2021
- Boletín Oficial, 9 de Julio de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase el Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21, 381/21 y 411/21, hasta el día 6 de agosto de 2021, inclusive.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto es de orden público.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día 10 de julio de 2021.
ARTÍCULO 4°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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