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- Resolución 5.021/2021
- AFIP
- Emitida el 29 de Junio de 2021
- Boletín Oficial, 30 de Junio de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el 30 de junio de 2022, inclusive, el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas mencionadas en el primer párrafo del artículo 116 bis de la Ley N° 11.672, complementaria permanente de presupuesto (t.o. 2014) y sus modificaciones, incorporado por el artículo 79 de la Ley N° 27.431 y su modificación, que aprueba el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el 01 de julio de 2021.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual