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- Resolución 1.533/21
- Nro.: 1533
- Ministerio de Salud
- Emitida el 3 de Mayo de 2021
- Boletín oficial, 5 de Mayo de 2021
Se prohíbe la venta de los productos para uso diagnóstico como Pruebas rápidas de Antígeno Covid-19 o test inmunocromatográficos para antígenos de SARS-CoV-2 en secreciones nasales y de garganta, dejando establecido que los test para COVID-19 son de uso profesional exclusivo y excluyente, y deben realizarse en Laboratorios de Análisis Clínicos habilitados por la autoridad de aplicación.
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