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- SENTENCIA
- 31 de Marzo de 2021
- CAMARA DE APEL. CONT. ADM. Y TRIB. DE LA CIUDAD AUT. DE BS. AS.. CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Pablo César Mántaras - Carlos Francisco Balbín - Fabiana Haydee Schafrik
Resulta procedente confirmar la multa impuesta a una empresa de medicina prepaga por aumentar en un 36 por ciento la cuota del afiliado en razón de la edad, toda vez que no existe constancia alguna que de cuenta de que la actora haya efectivamente brindado a la denunciante información oportuna, suficiente y detallada al respecto y no se desprende claramente del contrato suscripto por las partes que se hubiera acordado un aumento de la cuota a partir de los 61 años; sin perjuicio de ello, y aun en el supuesto en el que se pudiera considerar que al momento de suscribir el contrato el consumidor tuvo efectivo conocimiento de los posibles aumentos en la cuota del plan, ello no suple en modo alguno el deber específico que tiene la empresa de responder en forma clara, completa, detallada ante el reclamo iniciado por el usuario.Fuente del sumario: OFICIAL
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Carátula: Swiss Medical SA c/ Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor s/ recurso directo sobre resoluciones de defensa al consumidor
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual