Doble instancia: ordenan revisar el fallo de una imputada que fue absuelta por un tribunal oral y condenada en Casación


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    Ante el dictado de una sentencia condenatoria en sede casatoria, la garantía de la doble instancia que asiste al imputado debe ser salvaguardada directamente en dicho ámbito mediante la interposición de un recurso de casación que deberán resolver otros magistrados que integren ese tribunal, sin necesidad de que el imputado deba previamente recurrir a la Corte para obtener una decisión que ordene que tenga lugar dicha revisión.Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    25 de Febrero de 2021
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosenkrantz - Highton de Nolasco - Maqueda - Lorenzetti - Rosatti
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    Carátula: Cerron Ruiz, Rina y otros s/ infracción art. 145 bis 1º párrafo (sustituido conf. art. 25 ley 26.842)

    Fuente de Información





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