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- Resolución 52/21
- Nro.: 52
- Administración Nacional de Seguridad Social
- Emitida el 26 de Febrero de 2021
- Boletín oficial, 28 de Febrero de 2021
Establece que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de marzo de 2021, dispuesto de conformidad con las previsiones del art. 8 de la Ley 26.417, será de $20.571,44. Determina valores máximos y bases imponibles, el importe de la Prestación Básica Universal y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
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