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- SENTENCIA
- 29 de Marzo de 2020
- CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. FORMOSA, FORMOSA
- Sala DE FERIA
- Magistrados: Graciela Patricia Lugo
Corresponde hacer lugar a una medida autosatisfactiva solicitada por el defensor del Pueblo ante el incumplimiento por parte de los accionados de la resolución 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación que dispone la obligación de fijar precios máximos de venta al consumidor final para determinados productos de la canasta básica, con valores discriminados por y cada provincia, los cuales deben ser los vigentes al 6 de marzo de 2020 e indefectiblemente respetados por los comerciantes de todo el país, toda vez que se encuentra configurado el recaudo procesal previsto en el artículo 232 bis inciso a) del CPCC de Formosa (necesidad de la cesación de una conducta contraria a derecho), pues la situación descripta implica una conducta contraria a derecho por parte de los titulares de los comercios demandados; lo que surge de la comparación de los productos que figuran en los tickets y facturas agregadas con la lista de precios máximos referida.
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Carátula: Defensoría del Pueblo de la provincia de Formosa c/ El Pajarito S.A, y/u otros s/ medida autosatisfactiva
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual