Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto 260/2020


    Volver al boletín
    Noticia
    Emitida el 14 de Diciembre de 2020
    El Banco Central de la República Argentina dispone que los operadores de cambio podrán abrir sus sucursales únicamente para la compra de moneda extranjera, venta de moneda extranjera de países limítrofes y arbitrajes con instrumentos en los cuales puedan operar, debiendo observar las normas sanitarias establecidas.

    Más Noticias...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...