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- SENTENCIA
- 10 de Noviembre de 2020
- JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO NRO 1. CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Romina Lilian Tesone
Corresponde denegar la medida cautelar peticionada por vendedores ambulantes del rubro de expendio de productos alimenticios tendiente a lograr se ordene al GCBA cesar las acciones u omisiones que les prohíben, restringen, impiden o entorpecen vender productos alimenticios en la vía pública en la zona ribereña de Costanera Sur, toda vez que el sistema que regula la comercialización de alimentos en la vía pública establece como exigencia ineludible para quienes pretendan ejercer tal actividad, la previa obtención del permiso correspondiente, por lo que la normativa indicada no se presenta manifiestamente contraria a normas constitucionales, irrazonable ni arbitraria, máxime cuando los amparistas manifiestan encontrarse a la espera del otorgamiento del permiso en cuestión por parte de la autoridad de aplicación, sin haber aducido ni liminarmente acreditado haber hecho uso de las distintas herramientas legales disponibles en el marco del procedimiento administrativo para urgir el dictado del acto que requieren.
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Carátula: G., I. d C. y otros contra GCBA sobre amparo – Artesanos, artistas y otros vendedores ambulantes
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual