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- SENTENCIA
- 3 de Septiembre de 2020
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Rosenkrantz - Highton de Nolasco - Maqueda - Lorenzetti - Rosatti
Corresponde hacer extensiva la condena de daños y perjuicios sufridos por un accidente de tránsito a la compañía aseguradora citada en garantía en virtud del seguro de responsabilidad civil ilimitada, pues si bien ésta invocó que la póliza no había sido emitida, del testimonio del productor asesor de seguros surge que era la modalidad habitual con la compañía que se efectuara la propuesta y que se emitiera la póliza y de la pericia contable se desprende que la empresa asegurada contrataba habitualmente con aquella por intermedio del productor asesor de seguros, y que los seguros de responsabilidad civil eran solicitados cuando las maquinarias salían a la calle y/o bien eran utilizadas para su labor específica. - Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite -.Fuente del sumario: OFICIAL
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Carátula: Recurso de hecho deducido por la citada en garantía en la causa Tuero Caso, José Luis y otro c/ Latoyar S.A. y otros s/daños y perjuicios (acc. tran. c/ les. o muerte)
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual