Ratifican que las obligaciones derivadas del contrato de seguro comienzan antes de emitirse la póliza


    Volver al boletín
    Corresponde hacer extensiva la condena de daños y perjuicios sufridos por un accidente de tránsito a la compañía aseguradora citada en garantía en virtud del seguro de responsabilidad civil ilimitada, pues si bien ésta invocó que la póliza no había sido emitida, del testimonio del productor asesor de seguros surge que era la modalidad habitual con la compañía que se efectuara la propuesta y que se emitiera la póliza y de la pericia contable se desprende que la empresa asegurada contrataba habitualmente con aquella por intermedio del productor asesor de seguros, y que los seguros de responsabilidad civil eran solicitados cuando las maquinarias salían a la calle y/o bien eran utilizadas para su labor específica. - Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite -.Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    3 de Septiembre de 2020
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosenkrantz - Highton de Nolasco - Maqueda - Lorenzetti - Rosatti
    Más Jurisprudencia Federal...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: Recurso de hecho deducido por la citada en garantía en la causa Tuero Caso, José Luis y otro c/ Latoyar S.A. y otros s/daños y perjuicios (acc. tran. c/ les. o muerte)

    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...