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- Acordada 5.925/20
- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
- , NEUQUÉN
- Emitida el 18 de Marzo de 2020
Exime del deber de asistencia al lugar de trabajo desde el 18 de marzo hasta el 31 de marzo del corriente, a la totalidad de los magistrados, funcionarios y empleados judiciales. Dispone hasta el 31 de marzo del corriente, la suspensión de los plazos procesales.
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