Fijaron el cálculo de la pensión social Malvinas argentinas


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    LEY 9.661
    MENDOZA, 17 de Septiembre de 2025
    Boletín Oficial, 14 de Octubre de 2025
    Vigente, de alcance general
    Ley modificatoria, beneficios previsionales, pensión honorífica de veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, pensión social Islas Malvinasley modificatoria, beneficios previsionales, pensión honorífica de veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, pensión social Islas Malvinas, Derecho constitucional, Seguridad social, Defensa y seguridad

    EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

    ART. 1 Modifícase el primer párrafo del artículo 4° de la Ley N° 6.772, el que quedará redactado de la siguiente manera:

    Artículo 4°- El monto de la pensión honorífica mensual que perciban los beneficiarios de la presente Ley será equivalente a tres (3) veces la asignación de la clase 013 del Escalafón General previsto en la Ley N° 5.126 y sus modificatorias. Esta pensión será de carácter mensual, inembargable y vitalicia, compatible con cualquier otro beneficio previsional, pensión nacional o empleo, y no requerirá contraprestación alguna.

    ART. 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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