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- LEY 3.163-B
- RESISTENCIA, 2 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 24 de Julio de 2020
- Vigente, de alcance general
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY
ARTÍCULO 1°: Prorrógase, en el marco de la ley 3129 -B- por el término de noventa (90) días y a causa de la Pandemia COVID 19 (Coronavirus) el mandato de los señores legisladores provinciales representantes de esta Cámara de Diputados ante el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia del Chaco.
ARTÍCULO 2°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
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