Cuando se encuentran afectados derechos de consumidores debe intervenir el Ministerio Público Fiscal


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    En la demanda entablada por un consumidor contra la empresa fabricante de un automóvil y la concesionaria oficial a raíz de los serios desperfectos que tenía el vehículo, en la cual la Cámara Comercial dejó sin efecto la entrega de un nuevo vehículo y en su lugar fijó una suma para cubrir la depreciación del rodado, la Corte dejó sin efecto dicha resolución porque no se le dio intervención al fiscal antes del dictado de la sentencia. Sostuvieron que la intervención del Ministerio Público en casos en los que se encuentran afectados derechos del consumidor, está prevista a los fines de garantizar que se asegure la realización del valor justicia en una relación jurídica asimétrica, caracterizada por la desigualdad entre sus partes. En ese sentido, consideraron que la sentencia resultó arbitraria porque prescindió de aplicar las normas que fundamentan la competencia y autonomía funcional del Ministerio Público (Ley de Defensa del Consumidor y en la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal).

    SENTENCIA
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    7 de Agosto de 2025
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    Carátula: Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo

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