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- DECRETO NACIONAL 625/2020
- CAPITAL FEDERAL, 29 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 30 de Julio de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Exclúyense de la exigencia de tramitar un permiso de exportación en los términos del Decreto N° 317 del 28 de marzo de 2020 y sus modificatorios, a las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) contenidas en el ANEXO del citado decreto y que a continuación se detallan:
9019.20.10 Aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios.
9019.20.10 Respirador portátil.
ARTÍCULO 2°.- Derógase el Decreto N° 301 del 19 de marzo de 2020.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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