Decreto 625/20


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    DECRETO NACIONAL 625/2020
    CAPITAL FEDERAL, 29 de Julio de 2020
    Boletín Oficial, 30 de Julio de 2020
    Vigente, de alcance general
    emergencia pública, emergencia sanitaria, coronavirus, nomenclatura común del Mercosur, exportaciones, Bienestar social, Salud pública, Derecho tributario y aduaneroSe excluye de la exigencia de tramitar el permiso de exportación a Aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios y a Respirador portátil

    ARTÍCULO 1°.- Exclúyense de la exigencia de tramitar un permiso de exportación en los términos del Decreto N° 317 del 28 de marzo de 2020 y sus modificatorios, a las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) contenidas en el ANEXO del citado decreto y que a continuación se detallan:

    9019.20.10 Aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios.

    9019.20.10 Respirador portátil.

    ARTÍCULO 2°.- Derógase el Decreto N° 301 del 19 de marzo de 2020.

    ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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