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- SENTENCIA
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 29 de Mayo de 2025
Declararon inconstitucional la pretensión de la provincia de Córdoba de gravar con el impuesto sobre los ingresos brutos la actividad que despliega el Correo Oficial de la República Argentina dentro de su territorio. Señalaron que el gobierno provincial no puede aplicar el mencionado impuesto a la actividad de la empresa nacional, porque esta constituye un instrumento empleado por el Gobierno federal para garantizar de forma transitoria el servicio público de correo, cuyos ingresos son calificados por la Constitución Nacional como rentas de la Nación, careciendo de relevancia los nuevos servicios que, por el avance de la tecnología y la extensión de las comunicaciones, pueda incorporar el Estado Nacional por medio del Correo Oficial a su oferta, en tanto es la renta que todos ellos producen la que ha sido reservada a su financiamiento exclusivo y, por ende, se encuentra fuera de la potestad tributaria local.
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Carátula: Correo Oficial de la República Argentina S.A. c/ Córdoba, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual