- Volver al boletín
- SENTENCIA
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 31 de Marzo de 2025
Declararon injustificado el despido de una trabajadora a quien el empleador le imputó haber prestado servicios para otras instituciones mientras se encontraba de licencia por enfermedad inculpable, dado que las empresas señaladas como contratantes de la empleada expresaron que ésta no prestó servicios durante el período consultado. Asimismo determinaron que, al ponderar el diagnóstico emitido por los médicos del control laboral por sobre el referido por el médico tratante de la actora, el empleador incurrió en una conducta violatoria de los principios de colaboración, solidaridad y buena fe (cfr. arts. 62 y 63 LCT). Agregaron que si bien el empleado debe someterse al control efectuado por el facultativo designado por su empleador, de ninguna forma se encuentra obligado a seguir sus prescripciones, pues sólo debe seguir el tratamiento indicado por su médico tratante.
Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF
Carátula: Fazzano Roldán, Lorena c/ Seeber, Carlos Ignacio y otros s/ pedido de reincorporación
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual