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- Resolución 5.680/2025
- Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- Emitida el 29 de Abril de 2025
- Boletín Oficial, 30 de Abril de 2025
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Sustituir en el artículo 9° de la Resolución General N° 5.629, la expresión ". hasta el 30 de abril de 2025.", por la expresión ".hasta el 30 de mayo de 2025.".
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
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