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- LEY 2.627-A
- SAN JUAN, 30 de Noviembre de 2023
- Boletín Oficial, 25 de Julio de 2024
- Vigente, de alcance general
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio Marco de Colaboración, suscripto el 4 de agosto de 2023, por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a través de la Dirección Provincial de Vialidad y la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, por el cual acuerdan llevar a cabo la pavimentación de banquinas y ciclovías doble circulación dentro del primer tramo del nuevo Bio Corredor San Juan UTU ZAAT, departamento Rivadavia; así como la construcción de una rotonda vial en el cruce de Ruta 12 y Ruta de Acceso dentro de la conexión principal con el Complejo Ambiental San Juan, ratificado por Decreto Nº 1674-MOSP-2023 de 22 de septiembre de 2023.
ARTÍCULO 2°:- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual