Ley 10687 de LA RIOJA


    Volver al boletín
    LEY 10.687
    LA RIOJA, 2 de Noviembre de 2023
    Boletín Oficial, 19 de Diciembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    Donación, inmuebles

    Artículo 1º.- Transfiérase, en carácter de donación, a favor de la Asociación Deportiva y Social de Profesionales Universitarios -ADeSPU-, Personería Jurídica Resolución M.G.J.S. y D.H. Nº 362 de fecha 16/11/09, un (1) inmueble ubicado en el departamento Capital, el cual responde a las siguientes características:

    Propietario: Estado Provincial. Ubicación: Barrio Los Boulevares, departamento Capital. Nomenclatura Catastral: Dpto. 1 Circ. I Secc. E Manzana 958 Parc. 2. Antecedentes Catastral: Plano de disposición Nº 16.547 de fecha 27/03/2006. Antecedente de Dominio:

    Matrícula Folio Real C-15699. Inscripto en Tº 94 Fº 25(1/2). Medidas y Linderos: al Norte: mide 203,80 m - Colinda con calle pública; al Sur:

    mide 56,78 + 158,53 m - Colinda con calle pública; al Este: mide 186,52 m - Colinda con calle pública; al Oeste: mide 174,95 m - Colinda con calle pública. Superficie a Expropiar: 39.355,87 m2 .

    Artículo 2º.- El inmueble será destinado a la construcción de un (1) Complejo Deportivo.

    Artículo 3º.- El cargo de la donación deberá ser cumplido en el plazo de tres (3) años, a partir de la aceptación por parte del donatario. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo dará origen a la retrocesión inmediata del inmueble al Estado Provincial.

    Artículo 4º.- Las medidas, linderos y superficie definitivos del inmueble surgirán del plano de mensura, que a tal efecto confeccionarán, aprobarán y registrarán los Organismos Competentes.

    Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

    Más Leyes Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...