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- SENTENCIA
- 5 de Enero de 2024
- JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL DE FERIA. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Enrique Lavie Pic
Corresponde rechazar el dictado de una medida interina hasta que se dicte la medida cautelar solicitada en el escrito de inicio, en los términos del tercer párrafo del art. 4 de la Ley 26.854, con el objeto de que se ordene la suspensión de los efectos del DNU 70/23, dado que el actor no acreditó la existencia de motivos graves y/o urgentes que requieran el dictado de una medida como la solicitada. Además, en atención al exiguo plazo previsto en el oficio del art. 4 de la Ley 26.854, el planteo cautelar podrá examinarse dentro de un breve lapso temporal.
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Carátula: Nitzcaner, Thomas Gabriel c/ E.N. - DNU 70/23 s/ proceso de conocimiento
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual