Ordenan al empleador asistir a programas de violencia de género por no efectivizar un embargo de su empleado


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    Corresponde ordenar el embargo de los activos financieros de la empresa empleadora del alimentante por la suma mensual de la cuota alimentaria denunciada como incumplida, imponer una multa por cada día de incumplimiento de la retención de haberes y ordenar a su presidente asistir a un programa para varones que ejercen violencia, toda vez que la conducta del empleador configura un incumplimiento a una manda judicial que genera la atribución de la responsabilidad solidaria del pago de la cuota alimentaria reclamada, vulnera derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes, pues tanto la actitud del alimentante que no cumple y de la firma que no retiene las sumas, perpetúan la violencia económica y patrimonial perjudicando los recursos económicos o patrimoniales de la mujer impidiéndole satisfacer las necesidades económicas de los hijos que conviven con la ella.
    SENTENCIA
    28 de Noviembre de 2023
    JUZGADO DE PAZ. DAIREAUX, BUENOS AIRES
    Magistrados: Javier Pablo Heredia
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    Carátula: A., C. L. c/ P., E. D. s/ incidente de alimento s/ aumento de cuota alimentaria

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