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- SENTENCIA
- 23 de Noviembre de 2023
- CAMARA NACIONAL ELECTORAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Alberto R. Dalla Vía (en disidencia) - Santiago H. Corcuera - Daniel Bejas
Corresponde disponer, de conformidad con lo previsto por el artículo 118 del Código Electoral Nacional, la reapertura de urnas y el recuento de votos para determinar qué candidato resultó vencedor en las elecciones para Intendente, puesto que el tribunal no puede pasar por alto la exigua diferencia de votos entre las agrupaciones, encontrándose en juego la atribución del cargo ejecutivo de la localidad, y que las referidas mesas se encuentran dentro de una división territorial determinada. Además, cabe resaltar que surgen diferencias sustanciales en los resultados de esas mesas respecto del resto de la sección a la que pertenecen, circunstancia que autoriza a contemplar la posible existencia de errores en la documentación.
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Carátula: Recurso de apelación de Unión por la Patria Nº 503 - distrito Buenos Aires Juntos por el Cambio Nº 504 - distrito Buenos Aires en autos Junta Electoral Nacional distrito Prov. de Buenos Aires s/elecciones generales - elección 22 de octubre de 2023
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual