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- SENTENCIA
- 16 de Junio de 2020
- CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 01
- Magistrados: Leopoldo Oscar Bruglia - Mariano Llorens - Pablo Daniel Bertuzzi
Debe ser revocada la resolución que había desestimado el pedido de la empresa Google para que se deje sin efecto la ampliación de la medida cautelar solicitada por una ex diputada nacional, que dispuso el bloqueo de enlaces de sitios del extranjero que hagan referencia a la detención de su hijo en México, considerada como "fake news", dado que, más allá de la clasificación del contenido publicado como falsa noticia, dicha circunstancia no puede ser extendida a territorios ajenos a nuestro país. Cabe destacar que el núcleo central de la controversia guarda relación con el principio de territorialidad de la ley que impide la posibilidad de arrogarse la prerrogativa de prohibir la propagación a nivel global de ciertos contenidos publicados por la prensa, cuya difusión estaría en pugna con la normativa local, pese a que su circulación podría ser autorizada en el contexto de otro territorio, de acuerdo a las disposiciones legales y a la categorización que allí pudiera serle adjudicada a ese contenido.
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Carátula: C., E. s/ medida cautelar
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual