Ordenan a un banco reliquidar las cuotas de un préstamo UVA por debajo del 30% de los ingresos de la actora


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    En el marco de una acción de reajuste, procede confirmar la sentencia que hace lugar a la medida una medida cautelar solicitada y ordena al Banco demandado reliquidar las cuotas de un préstamo personal ligado al UVA con un tope que no supere el 30% del salario de la actora, toda vez que al momento de pedir el préstamo la primer cuota representaba un 28% del sueldo de la actora y la última cuota representaba un 31%, advirtiéndose a primera vista que la misma supera el 30% de sus ingresos, por lo que se encuentran acreditados los requisitos para el dictado de la medida cautelar dispuesta por el juez de la instancia de origen.
    SENTENCIA
    17 de Octubre de 2023
    CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO 2. LA PLATA, BUENOS AIRES
    Sala 02
    Magistrados: LEANDRO A. BANEGAS - FRANCISCO A. HANKOVITS
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    Carátula: De La Canal Ana Carolina c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ acción de reajuste s/ incidente art. 250 del CPCC

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