Decreto 420/23


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    DECRETO NACIONAL 420/2023
    BUENOS AIRES, 18 de Agosto de 2023
    Boletín Oficial, 22 de Agosto de 2023
    Vigente, de alcance general
    Se aprueba el Modelo de Acuerdo con el Banco Interamericano de Desarrollo para el Apoyo al Programa de Modernización del Complejo Hidroeléctrico Binacional de Salto Grande

    ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Acuerdo para el Establecimiento de una Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) N° RG-O1709 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS MILLONES (USD 400.000.000) para el "Apoyo al Programa de Modernización del Complejo Hidroeléctrico Binacional de Salto Grande", que como ANEXO I (IF-2023-71923014-APN-SSRFID#MEC) forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° RG-L1167 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MILLONES (USD 75.000.000), destinado a financiar el "Programa de Modernización del Complejo Hidroeléctrico Binacional de Salto Grande - Etapa II-a", que consta como ANEXO II (IF-2023-71922362-APN-SSRFID#MEC), las "Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo" que obran como ANEXO III (IF-2023-09375151-APN-SSRFID#MEC) y las "Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15" que obran como ANEXO IV (IF-2023-71922604-APN-SSRFID#MEC), formando todos ellos parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Acuerdo para el Establecimiento de una Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) N° RG-O1709 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° de este decreto.

    ARTÍCULO 4°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° RG-L1167 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 2° del presente decreto.

    ARTÍCULO 5°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Acuerdo para el Establecimiento de una Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) N° RG-O1709 y al Contrato de Préstamo BID N° RG-L1167, cuyos modelos se aprueban por los artículos 1° y 2° de esta medida, siempre que estas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

    ARTÍCULO 6°.- Desígnase como "Organismo Ejecutor" del "Programa de Modernización del Complejo Hidroeléctrico Binacional de Salto Grande - Etapa II-a" al MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, por medio de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, la cual tendrá la responsabilidad de ejecución, administración, monitoreo y evaluación del Programa.

    ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    ANEXO I

    ANEXO II

    ANEXO III

    ANEXO IV

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