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- LEY 9.467
- MENDOZA, 27 de Junio de 2023
- Boletín Oficial, 26 de Julio de 2023
- Vigente, de alcance general
Artículo 1º- Declárese de utilidad pública y sujeta a expropiación las superficies afectadas a ensanche de:
a) Calle Tupungato, constante de ochenta y ocho metros con sesenta y dos decímetros cuadrados (88,62 m²) según plano, y ochenta y seis metros con setenta decímetros cuadrados (86,70 m²) según título.
b) Calle Pedro Vargas, constante de sesenta y cinco metros con cuarenta decímetros cuadrados (65,40 m²) según mensura, y sesenta y tres metros con noventa y ocho decímetros cuadrados (63,98 m²) según título.
c) Ochava de cuatro metros con setenta y tres decímetros cuadrados (4,73 m²) según mensura, y cuatro metros con sesenta y tres decímetros cuadrados (4,63 m²) según título, sobre el inmueble con Padrón Municipal Nº 15.503, Nomenclatura 04-09-03-0001-000061-0000-2. El dominio se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al asiento A-4 de la matrícula SIRC 400140044, cuya titular registral es la señora María Inés González, D.N.I. N° 29.125.162.
Art. 2º- La Municipalidad de Guaymallén actuará como sujeto expropiante de las superficies individualizadas en el Artículo 1º, de conformidad a las normas establecidas en el Decreto - Ley Nº 1447/75 y atenderá a los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley.
Art. 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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