Ordenan reanudar la comunicación entre el padre y su hija con quien no tiene contacto desde hace siete meses


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    Corresponde fijar un régimen de comunicación asistido con carácter provisorio, de implementación progresiva, para la reanudación del vínculo entre el padre y su hija hasta que se encuentren agregados los informes del Cuerpo Interdisciplinario Forense y del Servicio de Psicología de la Cámara Civil, dado que sin ignorar la problemática por la que atraviesa la relación entre los padres, en el marco de la cual la progenitora formula serias acusaciones de violencia de género, no cabe desconocer que el resultado del problema se encuentra condicionado por el mejor interés de la niña en la situación particular, por lo que la solución de la controversia relacionada con la reanudación del vínculo entre el padre y su hija debe juzgarse en función del interés superior de la niña, que prevalecerá incluso cuando no coincida con el de los adultos, incluidos sus padres.
    SENTENCIA
    7 de Julio de 2023
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala C
    Magistrados: Pablo Trípoli - Juan Manuel Converset - Omar Luis Díaz Solimine
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    Carátula: A. M., E. c/ M., A. S. s/ cuidado personal de los hijos

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