- Volver al boletín
- SENTENCIA
- 30 de Mayo de 2023
- JUZGADO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS NRO 15. CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Karina Giselle Andrade
Corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 15 de la ley 451, en cuanto establece una prescripción de 5 años para las multas de tránsito y declarar extinguida la acción de faltas por prescripción, toda vez que la norma atacada no sólo contradice lo que regula el Código Penal, que establece una prescripción de las multas de dos años, sino que agrava la situación del presunto infractor frente a la potestad sancionatoria de la Ciudad de Buenos Aires, pues la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es clara en cuanto a que el poder sancionatorio de la administración de las provincias debe ser analizado bajo los preceptos que el Congreso Nacional y la Constitución Nacional establecen para los procesos penales; y de la jurisprudencia del máximo tribunal no quedan dudas acerca de que la legislatura local no tiene potestad para regular el plazo de prescripción en materia de faltas y que se trata de una competencia exclusiva del legislador nacional.
Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF
Carátula: Los Mana S.A. s/ 6.1.52 - estacionamiento prohibido
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual