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- LEY 3.795-A
- RESISTENCIA, 12 de Abril de 2023
- Boletín Oficial, 19 de Mayo de 2023
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º: Créanse, con carácter autónomo y permanente dos nuevas Fiscalías de Investigación Penal dependientes de la Segunda Circunscripción Judicial.
ARTICULO 2°: Los Fiscales de Investigación Penal que actúen, lo harán con asiento en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña y con alcance a los delitos de acción pública cometidos en área de influencia de la Segunda Circunscripción, con facultades para preparar, disponer y ejercer la acción penal pública realizando la investigación penal preparatoria, practicando y haciendo practicar actos inherentes a ella, todo ello de conformidad con el Código Procesal Penal de la Provincia del Chaco y demás actividades enmarcadas dentro de la ley 913-B, sus modificatorias y complementarías Ley Orgánica del Ministerio Público.
ARTÍCULO 3°: En el marco de lo dispuesto por la presente, la Fiscalía de Investigaciones funcionará con un Fiscal, un Secretario y la dotación de personal que le asigne el Superior Tribunal de Justicia, con notificación al Consejo de la Magistratura para que convoque a concurso público de antecedentes y oposición para su designación.
ARTICULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, se imputará a la Jurisdicción 09 - Poder Judicial, de acuerdo con su naturaleza.
ARTÍCULO 5°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual