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- SENTENCIA
- 6 de Mayo de 2020
- TRIBUNAL DE TRABAJO NRO 2. SAN MIGUEL, BUENOS AIRES
- Magistrados: Graciela A. García - Gabriel A. Gómez - Miguel A. Méndez
Corresponde hacer lugar a la media solicitada con carácter cautelar y ordena al empleador proceder a reinstalar en sus puestos de trabajo a los actores, quienes fueron despedidos durante la vigencia del decreto 329/2020 (Bo.31-3-2020) que prohíbe los despidos en virtud de la situación de emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19, toda vez que existe probabilidad cierta respecto del derecho invocado por las partes, por cuanto se evidencia en forma palmaria que el modo de extinción del vínculo laboral dispuesto respecto de los trabajadores se encuentra expresamente vedado por el art.2° del DNU 329/2020 y dado el carácter recepticio de las notificaciones, los respectivos distractos se consumaron durante la vigencia de la referida normativa.dor
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Carátula: Godoy, Héctor Ricardo y ot c/ José Trento Vidrios SRL s/reinstalación
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual