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- SENTENCIA
- 29 de Noviembre de 2022
- CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. MAR DEL PLATA, BUENOS AIRES
- Sala 03
- Magistrados: Nelida I. Zampini - Roberto Loustaunau
En el marco de una acción por falta de reconocimiento de la filiación, resulta procedente modificar la sentencia y admitir el daño moral en favor de la niña fijándolo en U$S 10.000 (dólar MEP) e incrementar el monto del resarcimiento a la actora estableciéndolo en el mismo valor, toda vez que se reúnen los requisitos exigidos por el artículo 587 del Código Civil y Comercial para la procedencia del reclamo por daño directo impetrado en nombre de la menor, en tanto el acto es antijurídico, el demandado ha actuado con culpa, se ha generado daño moral por ausencia de la figura paterna y falta del emplazamiento familiar correspondiente que la niña sufre con independencia de su discernimiento, y ese daño guarda una relación causal adecuada con la conducta omisiva.
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Carátula: M. V. c/ B. M. s/ materia de otro fuero
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual