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- DECRETO 2.408/2022
- MENDOZA, 19 de Diciembre de 2022
- Boletín Oficial, 21 de Diciembre de 2022
- Vigente, de alcance general
Artículo 1° - Reglaméntese el Artículo N° 21 de la Ley Provincial N° 9434:
Créese el Programa Recuperagro, el cual tendrá por objetivo propender a la recuperación, desarrollo y formación profesionalizante para la realización de actividades laborales productivas, amenazadas o impedidas en su realización por fenómenos climáticos.
En el marco del Programa Recuperagro, establézcase una línea de asistencia económica a micro, pequeños y medianos productores, contratistas, trabajadores registrados y desocupados dentro del ámbito de las actividades agrícolas en un número máximo de cuatro mil (4.000) personas humanas, según los requisitos especificados en esta reglamentación, siempre y cuando estén comprendidos en el citado decreto.
- Registro de Postulaciones:
Establézcase un Registro de Postulaciones el cual, por criterio de cercanía y accesibilidad, habrá de comenzar por las Oficinas de Empleo Municipales, la Dirección de Desarrollo Económico Municipal o la oficina del Ministerio de Economía y Energía de la Provincia con sede en el Departamento de referencia de aquellas jurisdicciones afectadas por las contingencias climáticas aquí consideradas.
Las mencionadas áreas departamentales serán las responsables de acompañar a los productores y contratistas en la postulación y elaboración de propuestas, recepcionar y verificar la documentación requerida para las postulaciones de aquellos posibles participantes, cuyos establecimientos productivos se encuentran en su territorio. Será la autoridad municipal que el Municipio determine quien dará fe de la veracidad de la documentación de forma previa al envío de la misma a la Dirección Territorial de Empleo y Capacitación.
Una vez realizada la recepción y verificación, de la documentación por las citadas Oficinas, se deberá confeccionar la carpeta de información de cada postulación y remitirla a la Dirección Territorial de Empleo y Capacitación del Ministerio de Economía y Energía; vía mail, quien realizará un segundo control de acuerdo a sus registros, aprobará dichos proyectos y gestionará las liquidaciones.
- Requisitos de participación:
Para Productores:
o Ser mayor de 18 años.
o DNI y/o certificación de residencia en la Provincia de Mendoza.
o Constancia de CUIT.
o Contar con hasta un máximo de 20 hectáreas de superficie trabajada y en producción por CUIT, pudiendo dicha cantidad corresponder a uno o más RUT en condición de propietario/a o arrendatario/a (en ningún caso podrá exceder el límite de 20 hectáreas).
o Certificación de AFIP, ATM, RUT que acredite dedicación a la tarea productiva como actividad económica.
o Constancia de denuncia ante la Dirección de Contingencias Climáticas de la Provincia indicando la fecha exacta del daño.
o Completar el formulario de asistencia a la emergencia climática.
o El/la productor/a debe estar inscripto en el RUT actualizado a la fecha del siniestro.
o Ser titular de un CBU.
Para Contratistas:
o Ser mayor de 18 años.
o DNI y/o certificación de residencia en la Provincia de Mendoza.
o Bono de sueldo en el cual conste la superficie trabajada, teniendo como límite máximo un total de 20 hectáreas de superficie en producción.
o Copia de la constancia de denuncia ante la Dirección de Contingencias Climáticas de la Provincia indicando la fecha exacta del daño, realizada por sí mismo y/o por el Productor.
o Declaración jurada del Productor en la cual conste la presentación del contratista como referente responsable de la superficie cultivada.
o Ser titular de un CBU.
Para Participantes Trabajadores o Trabajadoras Registradas (sólo podrán ser postulados por el Productor):
o Ser mayor de 18 años.
o DNI y/o certificación de residencia en la Provincia de Mendoza.
o Ser presentado por el Productor denunciante de la contingencia climática.
o Copia del último bono de sueldo.
o Ser titular de un CBU.
Personas Desocupadas en proceso de formación en oficio y/o profesional: sólo podrán ser postulados por el Productor denunciante de la contingencia climática y además cumplir con los siguientes requisitos:
o Ser mayor de 18 años.
o DNI y/o certificación de residencia en la Provincia de Mendoza.
o Ser presentado por el Productor denunciante de la contingencia climática.
o Presentar constancia de un CBU como titular del mismo.
o Presentar certificación negativa de ANSES.
Límites a la Participación en el Programa: En todos los casos deberán cumplirse los requisitos especificados en esta reglamentación.
La misma persona solo podrá percibir un único estímulo económico al mes desde la emergencia y durante el período que dure su inclusión en el Programa.
Sólo podrán participar hasta dos miembros del grupo familiar de dicho Programa.
Habiendo cumplimentado los requisitos de participación, para personas desocupadas, la cantidad de personas que podrán postularse por proyecto es hasta un máximo de cinco (5), incluyendo en todo caso al Productor/a quien brindará el espacio físico formativo y dictará las capacitaciones.
Para el caso de postulaciones de trabajadores/as bajo relación de dependencia, el límite de participantes a incorporar es de hasta cuatro (4) trabajadores/as por proyecto presentado y siempre considerando el límite de 20 hectáreas por CUIT.
Una vez aprobado el proyecto por la autoridad competente, bajo ninguna circunstancia se permitirá el reemplazo de un o una participante. Tanto para trabajadores/as registrados/as como para personas en formación, sólo se aceptarán bajas debidamente informadas.
La liquidación se hará efectiva de forma mensual, bancarizada a la titularidad de cada persona física individual participante en el Programa quien deberá informar CBU propio vigente.
El monto a percibir de manera mensual será el equivalente al 60% del salario mínimo vital y móvil (SMVM), este monto será actualizable de acuerdo a las modificaciones que la autoridad nacional determine al respecto. Señálese que al mes de noviembre de 2022, fecha estipulada para el cálculo del primer desembolso el monto asciende a $34.740,00.
En el caso de trabajadores/as participantes que cuenten con bono de sueldo, cada trabajador/a recibirá el incentivo económico en su cuenta de CBU por el tiempo que dure su participación en el Programa. Dicho importe deberá ser descontado del Salario percibido por el trabajador/a y el Productor deberá complementar la suma restante para alcanzar el salario establecido por el convenio colectivo de trabajo para dicho sector. Este descuento deberá quedar inscripto en el bono de sueldo bajo la leyenda "Programa Recuperagro - Ministerio de Economía y Energía- Gobierno de Mendoza". En caso, que el importe a percibir por parte de la provincia sea superior al salario establecido por convenio colectivo de trabajo, la diferencia quedará a favor del trabajador/a.
Respecto a las contraprestaciones de trabajadores/as registrados/as, se debe tener en cuenta que el empleado/a deberá seguir cumpliendo sus tareas en pos de la relación contractual que los une.
En el caso que el Productor vincule al Programa personas desocupadas, las mismas deberán realizar de forma obligatoria entrenamientos y prácticas en oficios en labores culturales.
Las capacitaciones tendrán por finalidad profesionalizar y mejorar las capacidades productivas, mediante la realización de formaciones prácticas.
Las formaciones se dictarán presencialmente en los establecimientos productivos que, habiendo sufrido daños por las contingencias climáticas mencionadas, hubieren sido postulados para su inclusión en el Programa.
Las formaciones serán elaboradas por la Dirección de Agricultura del Ministerio de Economía y Energía en articulación con el Instituto de Desarrollo Rural (IDR) y los Municipios comprendidos en el Programa.
El dictado deberá ser presencial, con componentes teóricos-prácticos.
La carga horaria estará acotada a 20 horas semanales, en horarios fijos no rotativos y deberá contar con una asistencia mínima obligatoria del 75% mensual en cada uno de los meses que dure el Programa, cómo requisito para la percepción del aporte económico. Este requisito será monitoreado por el productor/contratista y la Oficina de Empleo del Municipio de referencia, quién deberá enviar de manera mensual el cumplimiento por parte de los participantes para que la Unidad Ejecutora proceda a realizar los pagos.
A los efectos de salvaguardar la integridad de las personas en el Programa, el productor o contratista que presente el proyecto postulando su participación deberá contratar un seguro de accidentes personales para cada una de las personas postuladas, este requisito es indispensable y será exigido tanto para la inscripción como para la continuidad en el Programa. Serán responsables del control de esta documentación las Oficinas de Empleo Municipales de referencia.
- Auditoría y Control:
Toda la documentación requerida para las postulaciones será verificada y validada por la Oficina de Empleo del Municipio, la Dirección de Desarrollo Económico del mismo o Autoridad del Ministerio de Economía y Energía de la Provincia con sede en el Departamento de referencia.
La continuidad en el Programa estará sujeta, en un principio y de forma no excluyente, a la asistencia y cumplimiento de los requisitos fijados en la convocatoria y en las capacitaciones propuestas. Para ello, la Dirección Territorial de Empleo y Capacitación realizará un control mensual para evaluar el cumplimiento del Programa:
o Para el caso que los participantes sean trabajadores/as registrados: cada empleador/a participante deberá enviar, a través de la Oficina de Empleo de su Departamento, de forma mensual el bono de sueldo de cada participante y la nómina de personal firmada por las autoridades municipales.
o Para el caso de los participantes desocupados/as: se controlará la asistencia a las capacitaciones mediante planillas de asistencias certificadas por la autoridad competente de cada municipio.
- Periodización de pagos y continuidad de la participación:
El aporte a percibir por cada persona incluida en el Programa se realizará de manera mensual, liquidable entre el 01 y 10 inclusive de cada mes, salvo para la primera liquidación del Programa, periodo en que este plazo podrá extenderse.
La duración máxima del aporte será de hasta 6 meses consecutivos, comenzando la liquidación en el mes de diciembre de 2.022.
El proceso de pago se dividirá en dos (2) momentos consecutivos, supeditados al cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Las liquidaciones de diciembre 2022 y enero 2023 se realizarán a todas aquellas personas que se hayan inscripto en el Programa, cumplimentado los requisitos y presentado una nota firmada por la máxima autoridad del Ejecutivo Municipal o quien ésta designe, dando fe de la veracidad de la documentación remitida y lo declarado en la misma. En esta instancia, en cuanto a la incidencia de los daños sufridos, será documentación suficiente la denuncia de daños.
2. Para percibir el incentivo a partir de febrero de 2023 en adelante, se deberá adjuntar como requisito indispensable, la tasación de daño igual o mayor al 50% de la superficie afectada, comprobable con el CERTIFICADO PROVISORIO DE EMERGENCIA O DESASTRE, emitido por la Dirección de Contingencias Climáticas de la Provincia de Mendoza, El Programa tiene una duración de seis (6) meses desde diciembre 2022 a mayo 2023 y las inscripciones se encontrarán abiertas durante el tiempo que dure el Programa y/o hasta agotar el cupo de 4.000 personas. Sin embargo, las inscripciones realizadas en cualquiera de los meses no extenderán el plazo de participación, por lo que la duración de la participación en el mismo dependerá de la fecha de inscripción.
La Dirección Territorial de Empleo y Capacitación será la encargada de establecer mensualmente las fechas para el envío de toda documentación que se requiera para participar del Programa.
Artículo 2° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual