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- LEY 8.347
- SALTA, 13 de Octubre de 2022
- Boletín Oficial, 17 de Noviembre de 2022
- Vigente, de alcance general
Art. 2º.- La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Salud Pública de la provincia de Salta.
Art. 3º.- La Autoridad de Aplicación implementará acciones de detección temprana de los primeros signos y síntomas de la enfermedad; y de prevención destinadas a concientizar a toda la población sobre estilos de vida saludable para evitar la enfermedad.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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