La Anses deberá elevar al haber mínimo el monto que percibe una jubilada que se encuentra congelado desde 2016


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    Corresponde hacer lugar a la medida cautelar solicitada y ordenar que el organismo previsional eleve el haber que percibe la actora -que se encuentra congelado desde el año 2016- hasta el haber mínimo, dado que la jubilada obtuvo sentencia favorable por medio de la cual se ordenó el pago de la jubilación con arreglo a las disposiciones previstas en la Ley 24.016, y ,en consecuencia, la omisión de actualizar el haber no solo contradice las pautas establecidas en aquella sentencia sino que también importa una palmaria violación a la garantía de la movilidad contemplada en el art. 14 bis de la Constitucional Nacional, y evidencia un manifiesto desprecio por los derechos de las personas mayores consagrados en diversos instrumentos internacionales
    SENTENCIA
    20 de Octubre de 2022
    CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 02
    Magistrados: Marina Dalva D'Onofrio - Juan A. Fantini Albarenque
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    Carátula: B. C. c/ Anses s/ reajustes varios

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