Ley 8336 de SALTA


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    LEY 8.336
    SALTA, 25 de Agosto de 2022
    Boletín Oficial, 23 de Septiembre de 2022
    Vigente, de alcance general
    EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

    Artículo 1º.- Adhiérase la provincia de Salta a la Ley Nacional 25.501, por la que se establece la prioridad sanitaria del control y prevención de las enfermedades cardiovasculares en todo el territorio nacional.

    Art. 2º.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública de la provincia de Salta.

    Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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