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- SENTENCIA
- Entre Ríos
- TRIBUNAL DE JUICIO Y APELACIONES Nro 3
- PARANA, ENTRE RÍOS
- 23 de Agosto de 2022
Confirma la resolución que rechaza la medida de seguridad solicitada por la fiscalía consistente en imponer a la imputada una medida de seguridad por el plazo de un año consistente en la internación compulsiva para el tratamiento de su salud mental para luego continuar con el mismo de forma ambulatoria. Considera que la internación involuntaria debe ser lo más restrictiva posible tanto desde un punto de vista cuantitativo como cualitativo, debiendo durar lo menos posible y restringiendo la menor cantidad derechos, en función de las necesidades terapéuticas y a fin de neutralizar el eventual riesgo.
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Carátula: A. V. V. s/ daño denunciante S. E. S. T.
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual