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- SENTENCIA
- 17 de Agosto de 2022
- JUZGADO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS NRO 1. CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Rodolfo Ariza Clerici
Corresponde declarar como sujetos de derechos, en su calidad de seres sintientes, a 55 animales no humanos de la especie canina, de raza dachshund, y a aquellos cachorros que hayan nacido con posterioridad al rescate efectuado en un criadero ilegal, toda vez que resulta acertado afirmar que los animales son sujetos de derechos, pues es una afirmación basada en una interpretación legislativa, con raigambre constitucional y cimentada en una batería de tratados y normas, además de la costumbre internacional, que permiten sostener que los animales son titulares de derechos y que las normas locales deben asegurar la tutela judicial efectiva de esos derechos, máxime cuando se determinó que se encontraban vulneradas las denominadas cinco libertades (1- Libertad de sed, hambre y malnutrición. 2- Libertad de incomodidad. 3- Libertad de dolor, heridas y enfermedades. 4- Libertad para expresar su comportamiento normal. 5- Libertad de miedo y aflicción), afectadas las condiciones de su bienestar animal provocándosele sufrimiento innecesario, dado que el incumplimiento de alguna de esas libertades denota la ausencia de bienestar animal.
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Carátula: NN, NN sobre 128 - mantener animales en lugares inadecuados
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual